Para la Justicia porteña la venta de CDs y DVDs truchos no es delito de "falsificación de marcas" Imprimir

 

Entiendo que no amerita ahondar en el análisis jurídico del concurso ideal de delitos por infracción al artículo 31 inc. d) de la ley 22.362 y el art. 72 bis inc d) de la ley 11.723. sobre el cual ya existe abundante doctrina del Alto Tribunal:

“....corresponde a la justicia federal más allá que la infracción a la ley 11.723 sea ajena a su conocimiento, continuar la sustanciación de la causa, en razón de que el caso resulta aprehendido por dos disposiciones legales -leyes 22.362 y 11.723- que concurrirían en forma ideal, pues ambas habrían sido cometidas simultáneamente y mediante una única conducta (Fallos 323:169,870 y 2232)...” (conf. C.S.J.N. en causa “Araujo, Oscar”, fallo del 11.03.08, entre muchos otros; v. en el mismo sentido esta Sala in re “Pruzzo, Eugenia a/su dcia.”, expte. n° 4880, del 6.11.08).

Respecto a la jurisprudencia sobre concurso ideal de estos delitos puede consultarse:

http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00002/00026344.Pdf

http://www.pjn.gov.ar/Publicaciones/00001/00025773.Pdf

Sin embargo, en mi opinión y previo a la calificación jurídica de un caso con CDs o DVDs apócrifos, lo interesante desde el punto de vista de la investigación judicial sería determinar si los elementos secuestrados que constituyen la prueba tienen entidad suficiente como para producir el engaño y la afectación de derechos marcarios que la ley 22.362 protege.

 

Un precedente judicial en esta línea de pensamiento puede ser consultado en:

 

http://www.dpi.bioetica.org/jurisdpi/kohn.htm

Recientemente la Justicia porteña sostuvo en un fallo que la venta de música y películas descargadas ilegalmente de internet no es un delito de "falsificación de marcas". Más información en:

http://www.infobae.com/general/477748-101275-0-Para-la-Justicia-porte%F1a-la-venta-CD-y-DVD-truchos-no-es-delito

Se recomienda la lectura de la siguiente jurisprudencia:

Jurisdicción: Ciudad de Buenos Aires

Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal

Expediente Nº: 43.313

Carátula: Pérez González, Luís Damián s/competencia

Fecha de sentencia: 17/11/2009

http://www.cij.gov.ar/buscador-de-fallos.html

Leopoldo Sebastian Gomez - Abogado y Licenciado en Ciencias de la Computación